Cómo calcular el finiquito tras un despido o renuncia (Guía 2026)
1. ¿Qué es el finiquito y en qué se diferencia de la indemnización?
Finiquito (recibo de saldo): Es la liquidación de las cantidades económicas que el trabajador ha generado por su labor y que la empresa aún le adeuda al finalizar la relación laboral. Todo trabajador tiene derecho a percibir el finiquito, independientemente del motivo del cese (despido objetivo, improcedente, disciplinario, baja voluntaria o fin de contrato temporal).
Indemnización: Es una compensación económica por la pérdida del empleo que solo corresponde en determinados tipos de extinción (como despidos objetivos, improcedentes o fin de contrato). En una renuncia o baja voluntaria no se tiene derecho a indemnización.
2. Conceptos que incluye el finiquito
El finiquito debe agrupar todas las remuneraciones devengadas que aún no han sido abonadas:
- Salario de los días trabajados en el último mes: La parte proporcional desde la última nómina hasta el día efectivo de baja.
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas: Los días de descanso generados en el año en curso que no se hayan disfrutado (por norma general, 30 días naturales al año o 2,5 días por mes trabajado).
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias: Corresponde únicamente si las pagas extra no están prorrateadas mes a mes.
- Otras cantidades pendientes: Horas extraordinarias, pluses, comisiones o bonus devengados no cobrados.
- Indemnización (si procede): En caso de despido objetivo (20 días/año con tope de 12 mensualidades), despido improcedente (33 días/año con tope de 24 mensualidades para contratos desde 2012) o fin de contrato temporal (12 días/año).
3. Cómo calcular el finiquito paso a paso
Para realizar el cálculo, se recopilan los datos de salario bruto, días trabajados y vacaciones pendientes.
Paso 1: Salario de los días pendientes del mes
Salario diario: Se divide el salario bruto mensual entre 30 días.
Importe pendiente: Se multiplica el salario diario por los días trabajados en el mes inacabado.
Paso 2: Importe por vacaciones no disfrutadas
Días correspondientes: Se calculan los días trabajados en el año en curso y se aplica una regla de tres sobre los 30 días anuales (o 2,5 días por mes). Se restan los días ya disfrutados.
Importe de vacaciones: Multiplicar los días de vacaciones pendientes por el salario diario.
Paso 3: Parte proporcional de pagas extra (sin prorratear)
Se calculan los días transcurridos desde que se empezó a devengar la paga (habitualmente 6 meses para paga de verano/Navidad o 12 meses si es anual) hasta el último día trabajado. Se determina la fracción proporcional del importe de la paga correspondiente a ese periodo acumulado.
Paso 4: Sumar conceptos e indemnización correspondiente
Calculadora Rápida de Finiquito
Rellena los datos para obtener una estimación de tu finiquito antes de indemnizaciones o deducciones de impuestos.
Desglose de tu liquidación:
Salario de días pendientes: 0.00 €
Vacaciones no disfrutadas: 0.00 €
Pagas extra pendientes: 0.00 €
TOTAL FINIQUITO BRUTO: 0.00 €
*Este cálculo es una simulación orientativa y representa el importe BRUTO. No incluye posibles indemnizaciones por despido ni los descuentos legales correspondientes a cotizaciones a la Seguridad Social e IRPF.4. Resumen: Despido vs. Renuncia (Baja Voluntaria)
| Concepto | Despido (Objetivo / Improcedente) | Renuncia / Baja Voluntaria |
|---|---|---|
| Derecho a finiquito | Sí, siempre | Sí, siempre |
| Indemnización | Sí (20 o 33 días por año según causa) | No (salvo pacto o convenio) |
| Prestación por desempleo (Paro) | Sí (si cumple requisitos de cotización) | No |
| Preaviso | La empresa debe notificarlo | El trabajador debe dar preaviso según convenio |
5. Derechos y opciones al firmar el finiquito
- Revisión previa: Es fundamental revisar detalladamente todos los conceptos e importes antes de firmar.
- Firmar como «No conforme»: Si existe duda o desacuerdo con el importe o el despido, añadir al lado de la firma el texto «Firmado como no conforme» o «Sin perjuicio de reclamar». Esto permite cobrar la cantidad facilitada por la empresa sin perder el derecho a reclamar la diferencia.
- Negarse a firmar: El trabajador puede negarse a firmar el documento sin perder por ello su derecho legal a percibir las cantidades adeudadas.
Plazos de pago y reclamación:
- Pago: Debe abonarse el último día de trabajo o conjuntamente en el ciclo habitual de nómina de la empresa.
- Plazo de reclamación de cantidades: Se dispone de 1 año para reclamar errores o impagos del finiquito.
- Plazo de impugnación de despido: Se dispone de 20 días hábiles desde la notificación del despido.
- Procedimiento: Si la empresa no rectifica tras un reclamo por escrito, se presenta una papeleta de conciliación ante el SMAC y, de no haber acuerdo, una demanda ante el Juzgado de lo Social.